Beneficio que consiste en una asignación anual de 10 UF, imponible y tributable, para todos aquellos colaboradores que tienen hijos con alguna condición grave, crónica o irreversible de salud. Se entiende como una condición de tipo crónica e irreversible cuando su diagnóstico requerirá siempre de apoyo de terceros a la falta de autonomía del paciente. Adicionalmente deberá presentar la credencial de discapacidad de su hija/o el cual debe acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 50%.
Colaboradores con contrato indefinido.
Colaborador debe solicitar una entrevista con asistente social María Constanza Labra. Correo: [email protected]
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